Miércoles, febrero 23 2011 21: 12

Seguro de lesiones laborales y compensación en Israel

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Resumen de cobertura y objetivo

Cobertura

El sistema de compensación por accidentes laborales en Israel está controlado y administrado por el Instituto Nacional de Seguros y se basa en la Ley de Seguros Nacionales, versión consolidada (1995-5755), Capítulo 5, “Seguro de Accidentes Laborales”.

Asegurados y condiciones del seguro

El sistema de compensación por accidentes de trabajo se aplica obligatoriamente a todos los empleadores para asegurar a sus empleados (excepto policías, carceleros y empleados de defensa), empleados regulares o temporales, por salarios diarios o mensuales, a tiempo completo o parcial, incluidos: trabajadores por cuenta propia personas, aprendices vocacionales, residentes extranjeros empleados en Israel, reclusos que trabajan, personas en proceso de rehabilitación vocacional, residentes israelíes que trabajan en el extranjero para un empleador israelí (bajo ciertas condiciones) y personas cuyo salario está determinado por la ley (como miembros de la Knesset, jueces, alcaldes ), independientemente de la edad o nacionalidad de los trabajadores.

Peligros cubiertos

Esta ley otorga beneficios con el fin de proteger a los trabajadores de manera pronta y justa contra accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, invalidez o muerte.

Si un asegurado fallece a consecuencia de un accidente de trabajo (accidente de trabajo o enfermedad profesional), sus familiares —viudo/a, huérfanos, padres y cualquier otro pariente (en adelante denominados dependientes)— en condiciones especiales tienen derecho a indemnización por accidente de trabajo beneficios.

El término lesión laboral se aplica a las lesiones, discapacidades o muertes resultantes del empleo. El termino accidente laboral significa un accidente “ocurrido en el curso y como consecuencia del trabajo y/o por cuenta del empleador del trabajador”. La definición en el caso de un trabajador por cuenta propia es diferente y es “en el curso y como consecuencia del ejercicio de su ocupación”.

El seguro se aplica también a un accidente que le ocurra al asegurado mientras conduce, monta a caballo o camina al lugar de trabajo desde su casa, o desde el lugar donde pernoctó, o del trabajo a su casa, o de un lugar de trabajo a otro, incluso si el daño causado al trabajador se produjo a causa de los peligros de la vía, siempre que las exigencias o necesidades del trabajo del trabajador constituyan el motivo principal de la presencia del trabajador en el lugar del accidente.

El seguro también se aplica a las enfermedades profesionales, definidas en el artículo 2 del Seguro de Accidentes del Trabajo.

Enfermedad profesional se define como una enfermedad contraída como consecuencia del trabajo o actuando por cuenta de los empleadores, o, en el caso de un trabajador por cuenta propia, como consecuencia del ejercicio de su ocupación.

Las enfermedades profesionales se especifican en una lista reconocida por el Instituto y publicada en el Reglamento (reglamento).

La lista incluye las enfermedades causadas por lesiones resultantes del trabajo y las enfermedades causadas por agentes físicos, químicos o biológicos o formas específicas de desempeño del trabajo, y las aparentemente causadas por el trabajo.

Todos los empleados están cubiertos por el seguro, sin excepción. Todo empleador debe asegurar a sus trabajadores en cada categoría.

La cobertura de seguro es obligatoria también para el Gobierno como empleador, e incluye a todos los empleadores públicos.

Elegibilidad

Quien es elegible

  • El asegurado que sufre un accidente de trabajo (accidente de trabajo o enfermedad profesional) tiene derecho a la prestación por accidente.
  • Una persona asegurada que queda inválida como resultado de una lesión en el trabajo tiene derecho a una pensión o subsidio.
  • Una persona asegurada con una discapacidad médica del 10% o más es elegible para rehabilitación vocacional. Para conocer la forma en que se determina el alcance de la discapacidad, consulte a continuación.

 

Condiciones de derecho a las prestaciones por accidentes de trabajo

La prestación por accidentes se concede a la persona asegurada que se lesionó en el trabajo o se enfermó de una enfermedad profesional y, como resultado, no puede realizar ni el trabajo original ni ningún otro trabajo adecuado, y de hecho no trabajó.

Subsidio o Pensión de Prestaciones de Invalidez Laboral (en adelante denominadas beneficios por discapacidad) se abonan siempre que se haya reconocido la invalidez por accidente de trabajo y el asegurado quede inválido a consecuencia de la lesión.

Los resultados de la lesión se evalúan comparando la forma física de la persona lesionada en el trabajo con la forma física de una persona sana de la misma edad y sexo. Las pruebas que determinan el grado de invalidez son una combinación de los porcentajes fijados para cada lesión, teniendo en cuenta consideraciones subjetivas; la pérdida de una determinada extremidad tiene mayor peso en determinadas profesiones.

El grado de discapacidad lo determinan las juntas médicas, de las cuales hay dos categorías:

  • juntas de primera instancia
  • juntas de apelación.

 

Las juntas determinan en primer lugar el nexo de causalidad entre el accidente de trabajo (lesión o enfermedad profesional) que ha debido ser reconocido a efectos de invalidez y el grado del nexo de causalidad. Las juntas médicas son independientes del organismo que las confronta. Las juntas médicas son órganos casi legales y dictan sentencias en lugar de implementar acciones administrativas. Al ser órganos casi legales, las juntas médicas están sujetas al control de los tribunales laborales.

Prestaciones para personas a cargo (pensiones o subvenciones)

Para tener derecho a la pensión de familiares a cargo, una viuda debe tener 40 años o más, o tener un hijo viviendo con ella, o no poder mantenerse a sí misma; un viudo debe tener un hijo viviendo con él. Definición de niño: Hijo del asegurado hasta los 18 años, y hasta los 22 años en determinados casos.

Rehabilitacion vocacional

Para tener derecho a la rehabilitación profesional, el asegurado, debido a un accidente de trabajo, debe estar imposibilitado para realizar el trabajo o trabajo anterior, o cualquier otro trabajo adecuado, y estar en necesidad y ser apto para la rehabilitación profesional.

Cotizaciones al seguro de los autónomos

Los atrasos en las contribuciones al seguro descartan la elegibilidad o reducen la tasa de beneficios monetarios. El trabajador por cuenta propia que no esté dado de alta como tal en el Instituto Nacional de Seguros en el momento del siniestro no tiene derecho a las prestaciones.

Tipos de beneficios (pagos)

El asegurado tiene derecho a dos tipos principales de prestaciones en virtud de la Ley de Seguros de la Nación en caso de accidente de trabajo o enfermedad:

Beneficios en especie

Las prestaciones en especie incluyen atención médica, servicios de convalecencia y rehabilitación médica y profesional.

La atención médica incluye hospitalización, medicamentos y suministro, reparación y reposición de aparatos ortopédicos y terapéuticos. La atención médica en general se presta en la medida en que lo requiera el accidente de trabajo y sus efectos durante la vida del asegurado. En efecto, la atención médica es prestada por cuenta del Instituto por las Cajas de Enfermedad homologadas, reconocidas como servicio médico homologado. La rehabilitación profesional es proporcionada por el Instituto, ya sea directamente oa través de los servicios de otros organismos.

Beneficios en efectivo

Subsidio por lesiones: Corresponde al pago de un período de incapacidad laboral a consecuencia de un accidente de trabajo, por un período máximo de 182 días a partir del día siguiente al accidente, calculado por día, sobre la base del 75% de los salarios sujetos a cotización del seguro en el trimestre -año antes de la lesión. La asignación diaria por lesiones tiene un límite máximo (ver tabla 1).

Cuadro 1. Destinatarios de prestaciones por accidentes de trabajo en Israel

periodo

Pensión de dependientes1

Pensiones de incapacidad permanente1

Beneficios por lesiones1

periodo

 
         

Número de días pagados

Número de heridos

   
 

Yo-
empleado

Empleados

Yo-
empleado

Empleados

Yo-

empleado

Empleados

Trabajadores por cuenta propia

Empleados

 

1965

 

891

150

1,766

132,948

747,803

6,455

54,852

1965

1975

 

2,134

508

4,183

237,112

1,067,250

10,819

65,291

1975

1980

382

2,477

950

6,592

23,617

1,017,877

10,679

63,234

19802

1985

445

2,841

1,232

8,640

165,635

921,295

6,619

50,302

1985

1986

455

2,883

1,258

8,760

169,035

964,250

6,472

51,351

1986

1987

470

2,911

1,291

9,078

183,961

1,026,114

6,959

50,075

1987

1988

468

2,953

1,229

9,416

172,331

1,004,906

6,683

47,608

1988

1989

481

2,990

1,375

9,824

240,995

1,126,001

8,259

51,197

1989

1990

490

3,022

1,412

10,183

248,234

1,159,645

5,346

51,367

1990

1991

502

3,031

1,508

10,621

260,440

1,351,342

8,470

55,827

1991

1992

520

3,078

1,566

11,124

300,034

1,692,430

9,287

64,926

1992

1993

545

3,153

1,634

11,748

300,142

1,808,848

8,973

65,728

1993

1994

552

3,200

1,723

12,520

351,905

2,134,860

9,650

71,528

1994

1995

570

3,260

1,760

12,600

383,500

2,400,000

9,500

73,700

1995

1 Para las pensiones de invalidez y personas a cargo, la cifra anual es el número de perceptores en abril de cada año. Para las prestaciones por lesiones es el número total de beneficiarios durante el año.

2 A partir de 1980, la cifra anual que se da por pago de pensiones de invalidez es un promedio mensual de perceptores.

La asignación por lesiones no se paga durante los primeros dos días después del día de la lesión, a menos que la persona lesionada no haya podido trabajar durante al menos 12 días.

Prestación por incapacidad laboral (pensión por incapacidad laboral): Cubre a las personas con una discapacidad del 20% o más: una pensión mensual de acuerdo con el grado de discapacidad médica, a una tasa proporcional al salario y al grado de discapacidad. Los beneficiarios de pensiones de invalidez que pertenecen a grupos de bajos ingresos reciben un complemento adicional de “apoyo a los ingresos” (ver tabla 1).

Subsidio por incapacidad laboral: Esto cubre a aquellos con una discapacidad del 5 al 19%: una subvención única equivalente a la asignación diaria por lesiones 21 ´ el porcentaje de discapacidad.

Pensión especial: Esto cubre a aquellos con una discapacidad del 75% y más, y aquellos con una discapacidad del 65 al 74% que tienen dificultad para caminar; proporciona ayuda económica para gastos personales y transporte, hasta un máximo determinado por la ley.

Beca especial: Esto cubre a aquellos con una discapacidad del 75% y más, y aquellos con una discapacidad del 65 al 74% con dificultad para caminar; proporciona ayudas para la compra de un automóvil (en condiciones especiales), ayudas para resolver problemas de vivienda y adquisición de accesorios especiales necesarios debido a la discapacidad.

Pago de rehabilitación vocacional: Cubre ayudas en diagnóstico y orientación profesional, asignación de rehabilitación durante el período de estudios (como complemento a la pensión de invalidez) y diversos gastos relacionados con los estudios, como viajes, matrícula y material didáctico; en casos especiales se otorga una subvención para la compra de herramientas de trabajo.

Beneficios a los dependientes

Pensión de dependientes: Esto equivale al 40% al 100% de la pensión completa a la que hubiera tenido derecho el asegurado si hubiera estado 100% discapacitado, tomando en consideración el número de hijos. Los beneficiarios de pensiones de familiares a cargo que pertenecen a grupos de bajos ingresos reciben un complemento adicional de “apoyo a los ingresos” (véase el cuadro 1).

Subsidio por dependientes: Este se destina a una viuda que no tiene hijos en el hogar y que aún no había cumplido los 40 años al fallecer el cónyuge asegurado, una subvención equivalente a 36 meses de pensión de familiar a cargo.

Beca de matrimonio: Esto va a una viuda o viudo que se vuelve a casar, una subvención equivalente a 36 pagos mensuales de pensión, pagados en dos cuotas, la primera inmediatamente después del nuevo matrimonio, la segunda dos años después del nuevo matrimonio (expira el derecho al beneficio de sobreviviente).

Rehabilitacion vocacional: Esto cubre los estudios profesionales, en forma de formación profesional, el pago de la pensión alimenticia durante el período de estudio y diversos gastos relacionados con los estudios.

Subsidio de manutención para huérfanos: Esto se otorga a un niño que pasa la mayor parte de su tiempo estudiando en la escuela secundaria o en formación profesional: el 9% del salario promedio al 1 de enero, sujeto a una prueba de medios de los padres. La pensión alimenticia se actualiza por la tasa de la compensación pagada en el transcurso del año.

Beca Bar-Mitzvah: Se destina a un niño que cumpla 13 años y a una niña que cumpla 12 años, al tipo de 2/3 del salario medio a 1 de enero, actualizado por el tipo de la indemnización pagada en el transcurso del año.

Otorgar siguiente fallecimiento: Al fallecimiento de una persona discapacitada que tenía una discapacidad del 50% o más, a quien se le había pagado una pensión de invalidez, o al fallecimiento de una persona discapacitada que tenía al menos 65 años de edad (hombre) o 60 años de edad (mujer), o al fallecimiento de una persona que había recibido una prestación por familiar a cargo: una suma global igual al salario medio vigente el 1 de enero anterior al día del fallecimiento, actualizado por la tasa de la compensación pagada en el curso de el año, al cónyuge del difunto (o en su defecto, al hijo). Para los beneficiarios del complemento de ingresos, la subvención es igual al 150% del salario medio indicado.

Otros aspectos

Rehabilitación

El objetivo principal del Seguro de Accidentes Laborales es promover el bienestar de las personas lesionadas animándolas a volver al trabajo. Por lo tanto el Instituto apoya los servicios de rehabilitación vocacional a las personas incapacitadas con una incapacidad médica del 10% o más. Además, el inválido tiene derecho a cualquier ingreso extra del trabajo sin perjuicio de su derecho a la pensión de invalidez del Instituto.

Extensión de cobertura

Como se mencionó anteriormente, las personas aseguradas por el Instituto incluyen aquellas que no son trabajadores en el sentido estricto de esta palabra, tales como trabajadores por cuenta propia, aprendices profesionales, etc.

Descripción del sistema

Historia

La primera ley laboral promulgada durante el Mandato Británico en Palestina (1922 a 1948) fue la Ordenanza de Compensación de los Trabajadores de 1922. Esta fue reemplazada en 1947 por una ley más moderna basada en la Ley Inglesa de 1925. La principal ventaja de estas leyes fue que a través de su interpretación las innovaciones inglesas en el campo de la compensación de los trabajadores se introdujeron en Israel.

Las leyes mencionadas anteriormente estuvieron en vigor hasta el 1 de abril de 1954, cuando el Knesset aprobó la Ley de Seguros Nacionales de 1954. Esta ley autorizó al Instituto Nacional de Seguros a actuar de acuerdo con las disposiciones de la ley. La Ley de Seguro Nacional fue la primera ley integral de seguridad social que incluyó una amplia gama de programas de Seguro Nacional y subsidios legales que eran casi inexistentes hasta que entró en vigencia la Ley de Seguro Nacional.

La Ley incluía tres ramas principales de las prestaciones del seguro:

  • seguro de vejez y sobrevivientes
  • seguro de accidentes de trabajo
  • seguro de maternidad

 

A través de los años, la Ley de Seguros Nacionales ha sido enmendada muchas veces. Las principales enmiendas relacionadas con la compensación de los trabajadores son:

  • inclusión de los trabajadores por cuenta propia en el sistema de seguros (1957)
  • “accidente de trabajo” se amplió para incluir los accidentes que ocurren mientras se camina o se conduce al trabajo.

 

Tipos de cobertura

El seguro de accidentes del trabajo es administrado por el Instituto Nacional de Seguros. El seguro cubre tanto las prestaciones en dinero como las prestaciones en especie por accidentes de trabajo. Los empleadores que contribuyen al seguro de los empleados ya no son responsables en virtud de la ley de responsabilidad civil extracontractual. Sin embargo, pueden ser responsables en caso de negligencia. Los beneficios pagados por el Seguro Nacional se deducen de la compensación recibida por el empleado.

Además de cubrir los accidentes del trabajo, el Instituto cubre las enfermedades profesionales. Se adjunta una lista de enfermedades profesionales como anexo segundo a las Normas 44 y 45 del Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo. La lista es casi completa y en efecto cubre 49 tipos de enfermedades relacionadas con el trabajo. El sistema de reconocimiento de enfermedades profesionales es un sistema mixto. Esto incluye las enfermedades profesionales enumeradas, pero otras enfermedades de origen profesional también pueden ser compensadas, sujetas a ciertas condiciones.

De acuerdo con la Ley del Seguro Nacional, “enfermedad profesional” significa una enfermedad definida por la Ley (Capítulo 85) como una enfermedad profesional y contraída como consecuencia del trabajo o en nombre de su empleo o, en el caso de un auto- trabajador por cuenta ajena, como consecuencia de su ocupación.

Algunos principios de compensación

La función principal de la Ley de Riesgos Laborales es que la persona lesionada tenga derecho a los beneficios que otorga la ley, independientemente de que su empleador haya aportado al Instituto o no, y el trabajador lesionado sea elegible para reclamar estos beneficios.

El Oficial de Siniestros del Instituto está facultado por la Junta de Seguros de la Nación para decidir sobre la procedencia de un siniestro por accidente o enfermedad profesional. Si el reclamante no está satisfecho con la decisión, puede presentar una demanda ante el Tribunal Laboral y tiene derecho a apelar ante la Corte Nacional de Apelaciones del Trabajo.

El solicitante en los procesos en los tribunales laborales, de acuerdo con la decisión profesional, recibe asistencia jurídica gratuita por parte del Instituto Nacional de Seguros.

Mecanismo de actualización de beneficios

Las Prestaciones por Accidentes de Trabajo se ajustan a partir del día 91 en relación con el incremento del salario medio el 1 de enero siguiente al pago y durante el año en relación con el incremento salarial recibido por los trabajadores debido a la inflación.

La asignación por lesiones (182 días) está sujeta a impuestos en la fuente. Las prestaciones por invalidez y de larga duración se actualizan según el incremento del coste de vida y según las variaciones que se hayan producido en el salario medio a 1 de enero. Los beneficios por discapacidad y a largo plazo no están sujetos a impuestos.

Cuando un asegurado alcanza el derecho a la pensión de vejez (65 años para los hombres, 60 para las mujeres), puede elegir entre las dos formas de beneficios.

Finanzas—Contribuciones

Todos los patrones deben contribuir para sus empleados. Cuando un asegurado esté empleado por varios patronos, cada uno de ellos cotizará como si fuera el único patrono. Los trabajadores por cuenta propia y las personas que no sean asalariadas ni independientes deben cotizar por sí mismas. El empleador aporta al Instituto Nacional de Seguros. El tipo medio hasta el 31 de marzo de 1970 oscilaba entre el 0.5 y el 3.0 por ciento ya partir del 1 de abril de 1971 entre el 0.7 y el 4.0 por ciento. A partir del 1 de octubre de 1981 el tipo mínimo fue del 0.7 por ciento y el máximo del 2.4 por ciento. Desde el 1 de julio de 1986, la tasa estándar de cotizaciones al seguro (0.7 por ciento) se ha determinado sin tener en cuenta el grado de riesgo en las diversas industrias, como ocurría antes de 1986. Desde el 1 de abril de 1987, el nivel de las tasas se ha reducido debido a los bajos costos de mano de obra.

Las tasas de contribución mensual en el caso de un empleado serán el porcentaje del monto de su ingreso mensual. En el caso de otras personas, el porcentaje se basará en los ingresos trimestrales.

Las cotizaciones están sujetas a los ingresos máximos y mínimos del asegurado. El ingreso máximo para el cobro de la cotización se calcula en cuatro veces el salario medio de los trabajadores asalariados y no asalariados.

Existen en la Ley de Seguros de la Nación ciertas exenciones del pago de las cotizaciones, como por ejemplo, un empleado que recibió beneficios por lesiones por el tiempo que recibió los beneficios.

Prevención

La Ley de Seguros de la Nación no se ocupa de la prevención de accidentes de trabajo. El artículo 82 de la Ley de Seguros de la Nación se refiere a las lesiones causadas por negligencia del asegurado. Las sanciones se aplican en forma de impago de las prestaciones cuando el asegurado no puede trabajar durante menos de diez días.

El Instituto Nacional de Seguros contribuye con asociaciones en el campo de la prevención de accidentes, como el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

El Instituto Nacional de Seguros mantiene un fondo para apoyar el financiamiento de actividades encaminadas a la prevención de accidentes de trabajo, tales como la investigación y el desarrollo de medios experimentales de amplia aplicación en áreas como la seguridad, la ingeniería, la medicina y la química e higiene industrial.

 

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Leer 10087 veces Última modificación en sábado, 16 julio 2011 17: 02

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Contenido

Compensación de trabajadores, temas en referencias

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